EFO emite; EDO deduce
La EFOS (emisor) factura sin operación real o sin capacidad para sostenerla. La EDOS (receptor) es quien tomó esos comprobantes como gasto deducible o acreditó IVA.
En la práctica fiscal mexicana, muchas empresas operan de buena fe con proveedores que luego son señalados.
El riesgo EDOS no implica criminalidad automática: implica que el SAT puede negar el beneficio fiscal si no demuestra que la operación existió.
Lo que dice el 69-B al receptor
No es lo mismo detectar un Presunto ayer que enterarse meses después de un Definitivo sin haber actuado.
El CFF prevé que quien operó con un contribuyente publicado como Definitivo puede, dentro de un plazo, acreditar que sí recibió los bienes o servicios y que las operaciones fueron reales — o corregir su situación fiscal.
Ese plazo es crítico: los días cuentan desde la publicación en el DOF, no desde que usted se enteró.
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No espere al cierre de mes ni a una revisión del SAT. Cruce su layout en minutos.
Cómo no llegar tarde
- Validar RFC al alta de proveedor y en cada cierre.
- Exigir contrato, entregables y evidencia de pago en servicios sensibles.
- Conservar opinión de cumplimiento y revisión 69-B con fecha.
- Suspender pagos ante Presunto hasta dictamen interno.
- No asumir que «el contador lo revisará después».
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