EFOS y EDOS: cómo opera el mecanismo
Si su proveedor cae hoy como Definitivo, el SAT puede revisar ejercicios anteriores. Transacciones legítimas de hace dos años quedan invalidadas.
La presunción se activa cuando el SAT detecta que un contribuyente emitió comprobantes sin activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o entregar los bienes que amparan sus facturas.
EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas): el emisor del comprobante que entra al listado de presuntos, desvirtuados o definitivos.
EDOS (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas): las compañías que adquirieron esos comprobantes. Son quienes enfrentan el verdadero impacto financiero al ver rechazadas sus deducciones.
El riesgo retroactivo es el menos evidente. Si un proveedor es catalogado hoy como EFOS Definitivo, el SAT revisará ejercicios fiscales anteriores. Operaciones realizadas hace dos o tres años pueden quedar sin efectos fiscales.
Los plazos legales: el factor crítico del tiempo
Cuando el SAT publica un listado en el Diario Oficial de la Federación y en su portal, los tiempos para actuar son estrictos. No admiten prórrogas operativas.
Publicación de Presuntos: el emisor tiene 15 días hábiles para aportar pruebas y desvirtuar la presunción.
Publicación de Definitivos: si no desvirtúa, el RFC se integra al listado definitivo.
Plazo para el receptor: una vez publicado el listado de definitivos, las empresas que usaron esos CFDI disponen de 30 días hábiles para acreditar ante la autoridad que sí recibieron los bienes o servicios, o para corregir su situación fiscal mediante declaraciones complementarias.
Ese plazo corre desde la publicación en el DOF, no desde que usted se entera.
- 15 días hábiles — el emisor desvirtúa o pasa a definitivo.
- 30 días hábiles — el receptor acredita materialidad o corrige.
- Ambos plazos son calendarizables si monitorea el padrón mensualmente.
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Fatiga operativa: por qué la consulta manual en el SAT ya no alcanza
Un BUSCARV sobre un CSV de hace un mes no demuestra diligencia debida ante una revisión del SAT.
Muchos departamentos de contabilidad y cuentas por pagar intentan cumplir descargando el archivo plano del portal del SAT e ingresando RFC por RFC en el buscador público.
Este enfoque tiene tres fallas críticas de control interno:
- Vulnerabilidad al factor humano: el ingreso manual de caracteres produce errores tipográficos. Un solo dígito incorrecto en un RFC invalida todo el control preventivo.
- Falta de retroactividad: monitorear un proveedor solo al momento de darlo de alta ignora que su estatus fiscal puede cambiar meses después. El rastreo debe ser cíclico sobre toda la cartera histórica.
- Invalidez por escala: procesar listas de más de 50 proveedores de forma manual consume horas hombre que deberían enfocarse en el análisis financiero. El costo operativo del departamento se dispara sin valor agregado.
Protocolo de blindaje: automatización segura sin comprometer datos
Mantener la deducibilidad de su mes fiscal exige pasar de una postura reactiva a un control interno automatizado. La prevención en tiempo real es el único blindaje efectivo contra los riesgos del Artículo 69-B.
La solución a esta fricción operativa es el procesamiento automatizado. Cargue su archivo de cuentas por pagar en formato CSV o XLSX y verifique miles de registros contra un espejo sincronizado de los servidores oficiales en segundos.
Estos sistemas operan bajo un esquema de cero credenciales:
- Sin contraseñas: no requieren Clave CIEC ni Firma Electrónica (e.firma).
- Procesamiento de texto plano: el motor contrasta solo cadenas de texto (el RFC) contra los índices públicos del DOF.
- Evidencia oficial: cada coincidencia se vincula al número de oficio oficial y la fecha exacta de publicación para facilitar la defensa legal o la corrección contable inmediata.
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